Artículos de opinión de Alfredo Palacios Dongo

INVESTIGACIÓN DE PROCESO ELECTORAL PARA CONOCER LA VERDAD



 

El pasado día 12 el pleno del Congreso aprobó la moción de orden del día N° 28 presentada por el partido Renovación Popular para crear una comisión que investigue los presuntos actos de corrupción y cualquier otro delito cometido durante las Elecciones Generales 2021, además, propone modificaciones a la legislación electoral sobre vacíos legales que habrían sido usados para cometer las presuntas irregularidades.

 

Lo increíble e inexplicable es que el bloque “democrático”, de 79 votos, hubieron 10 en contra y 18 abstenciones (14 de Acción Popular) contra la investigación de irregularidades y presunto fraude en las elecciones para sancionar con la máxima severidad a funcionarios, servidores públicos o personas naturales responsables de haber atentado contra el orden electoral y voluntad popular. En el bloque “comunista” de Perú Libre, todos votaron en contra, y hasta sostuvieron que no debe seguir el revanchismo y proponían asimilar la derrota.

 

Esta investigación es de vital importancia para el país para conocer la verdad, porque desde el inicio del proceso el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE)  Salas Arenas, como presidente y como miembro con doble voto o voto dirimente, se parcializó con el partido comunista marxista leninista Perú Libre permitiendo que candidatos vinculados al Movadef (brazo político de Sendero Luminoso) puedan inscribirse por dicho partido para postular al Congreso, logrando incorporar hasta seis congresistas vinculados con este movimiento, entre ellos, Guillermo Bermejo, actualmente procesado por terrorismo, y asimismo, no permitió la verificación de actas de votación.

 

El partido Perú Libre, debe ser investigado por una presunta práctica sistemática organizada de irregularidades, como robo de votos, falsificación de actas, firmas falsas, adulteración en mesas, miembros de mesa suplantados, etc. Igualmente, la ONPE y el JNE por haber incumplido flagrantemente la Constitución, Capítulo XIII (Sistema Electoral), en su artículo 176° porque dispone que el escrutinio debe ser reflejo exacto de la voluntad del elector, artículo 178° inciso 1, fiscalización de la legalidad del sufragio, e inciso 4, administración de la justicia electoral, artículo 179° número de miembros del JNE (debieron ser 5), y el artículo 181° el JNE debe apreciar los hechos con criterio de conciencia y resolver con arreglo a ley y principios generales de derecho.

 

Bajo este panorama, el proceso electoral, viciado y plagado de irregularidades y violaciones de leyes, va a ser investigado por el Congreso para conocerse la verdad. Al verificarse todas las actas de votación y de confirmarse un fraude electoral, se deslegitimaría el resultado de las elecciones y la proclamación presidencial del comunista Castillo.

 

Artículo de Alfredo Palacios Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha 21 de agosto de 2021

 

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