
Al haberse cumplido dicho plazo, la única posibilidad que tiene nuestro país para optar por la Convemar es a través del procedimiento de la “adhesión” (el Estado se compromete a respetar los términos del tratado del que no fue firmante inicial). Sin embargo, han pasado más de 24 años y hasta la fecha no se ha llevado a cabo en el pleno del Congreso un debate necesario para examinar y decidir si debemos adherirnos a dicho instrumento internacional. ¿Por qué ha sucedido esta situación? Sencillamente porque desde la década de los 80 el tema se politizó y ningún gobierno tomó la decisión de remitir al Congreso la documentación referente para su correspondiente debate. Es recién, durante el gobierno de transición del ex presidente Valentín Paniagua, en que con R.S. N° 231 de fecha 28 de mayo del 2001 se envía dicha documentación al Congreso, pero lamentablemente han pasado más de 4 años, 3 presidentes por el Congreso y 3 presidentes por la comisión de RREE del Congreso, y aún no tenemos debate.
Pretextos de los actores políticos, muchísimos. Por ejemplo: “que se requiere previamente que el tema pase a discusión y debate ante la opinión pública”; “que se realice una campaña de difusión pública por ser un tema delicado y de sumo interés nacional”; “que se necesita mayor tiempo y ciertas condiciones mínimas de estabilidad política”; “que se necesitan realizar audiencias públicas descentralizadas”; “que el tema debe ser tratado como si fuera una reforma constitucional”; “que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convoque a un referéndum para que el pueblo sea quien decida”, etc.
El planteamiento del Referéndum o el de realizar una campaña para explicarle al país las ventajas y desventajas de la Convemar es muy complicado, debido a que se trata es un tema eminentemente técnico y de mucha amplitud; en todo caso, el mismo procedimiento tendríamos que seguir con el Tratado de Libre Comercio con EE UU (TLC).
El único camino procedente para resolver este problema de interés nacional es que el Congreso asuma su responsabilidad dispuesta en el artículo 56°, inciso 2 de nuestra Constitución en vigencia, el cual dispone que los tratados, cuando se refieren a una materia de soberanía, dominio o integridad del Estado, deben ser previamente aprobados por el Congreso antes de su ratificación por el Presidente.
Los congresistas de la República, que son los representantes del pueblo, tienen la obligación de analizar el texto oficial completo de la Convemar; deben estudiar las 17 partes con sus 320 artículos, además de 9 anexos con sus 116 artículos; deben también asesorarse técnicamente y prepararse con convicción para intervenir en un debate de gran importancia para el futuro de nuestro país.
Publicado en el diario EXPRESO, fecha 22 de agosto de 2005