Artículos de opinión de Alfredo Palacios Dongo

PESCA ARTESANAL: PROTEGIENDO LAS CINCO PRIMERAS MILLAS DE NUESTRO MAR

 




La falta de ordenamiento legal pesquero dentro de las cinco primeras millas de nuestro mar ha regido hace 32 años, desde que, por DS 012-2001-PE (13 marzo 2001) se aprobó el Reglamento de la Ley General de Pesca 25977, aunque esta normativa (artículo 62) establecía dicha área reservada para la pesca artesanal y de menor escala, se incluía la clasificación de menor y mayor escala, permitiendo en la práctica, que ciertas embarcaciones de más de 32 toneladas operen con redes de arrastre, de fondo o de cerco industriales poniendo en riesgo la sostenibilidad de los recursos marinos, contrariamente a las faenas con embarcaciones de menor escala, entre 10 a 12 toneladas, de manera sostenible, con arte de pesca selectivos sin afectar el futuro de nuestros recursos hidrobiológicos y el ambiente marino.

 

Recién, después de más de 20 años, el 20 de mayo pasado, el Poder Ejecutivo   actualizó parte de la Ley General de Pesca con la promulgación de la ley 31749, (aprobada por unanimidad en el Congreso), la cual, dentro de las 5 millas, prohíbe actividades extractivas de mayor escala y de redes de cerco mecanizado, reconoce la pesca artesanal de la de menor escala, en la artesanal predomina el trabajo manual, y la pesca de menor escala con embarcaciones menores y empleo de equipos y sistemas de pesca mecanizados para recolección del aparejo de pesca, además, crea un registro nacional de pescadores ancestrales y artesanales.

 

Igualmente, el pasado día 14, el Congreso aprobó (96 votos a favor) la incorporación del artículo 308-E al Código Penal, DL-635 y modificación del DL-1393, incluyendo la construcción ilegal de embarcaciones pesqueras como actividad delictiva y penalizada (hasta 5 años de cárcel, con habilitación fiscal para intervenir) debido a la desmedida construcción de embarcaciones piratas y la sobreexplotación de pesca en las primeras 5 millas, lo que afecta a la flota artesanal. Este no es un tema nuevo, entre 2012 y 2015 se construyeron 2,206 embarcaciones ilegales prohibiéndose definitivamente la construcción de embarcaciones para pesca artesanal (DS-006-2015), además, se dispuso la intervención de astilleros clandestinos y su destrucción (DL-1393-2015), sin embargo, las construcciones clandestinas siguieron incrementándose, depredándose además los árboles faique, insumo principal maderero en las estructuras.

Bajo este panorama, esperamos que éstas dos medidas, con eficiente fiscalización y control, eviten la depredación de nuestros especies marinas y hábitats costeros y fortalezcan la pesca artesanal. Las cinco primeras millas desde nuestra costa presentan enorme productividad por ser una zona de afloramiento donde desovan, crecen y se reproducen las especies marinas costeras, la flora y fauna pesquera debe ser estrictamente preservada de la pesca ilegal para garantizar la sostenibilidad de nuestros recursos pesqueros.  

 

Artículo de Alfredo Palacios Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha 30 de diciembre de 2023


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