Artículos de opinión de Alfredo Palacios Dongo

FINALMENTE EL PODER JUDICIAL SENTENCIA CASO PERSEO Y ORDENA DISOLUCIÓN DEL MOVADEF




El Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef) fue fundado en noviembre 2009, y desde 2012 venía siendo investigado, se recibieron declaraciones de colaboradores eficaces del mismo movimiento, se obtuvieron audios de interceptaciones telefónicas autorizadas, se incautaron directivas de puño y letra del cabecilla terrorista Guzmán contactándose con dirigentes del movimiento y hasta dinero del  terrorista Florindo Flores “Artemio” para impulsar el movimiento. 


En marzo 2013 la Fiscalía formalizó denuncia contra dirigentes y operadores por filiación con la organización terrorista Sendero Luminoso y financiamiento al terrorismo, y en abril 2014, mediante la “Operación Perseo”, se ejecutó una acción simultánea en Lima, Áncash, Huánuco, Junín y Lambayeque, participaron 300 policías, una brigada especial de inteligencia policial-militar, Ministerio Público, Poder Judicial y procuradurías públicas contra terrorismo y tráfico de drogas, capturándose a 28 integrantes del Movadef, disponiéndose prisión preventiva para siete dirigentes, entre ellos, Alfredo Crespo y Manuel Fajardo, abogados de Abimael Guzmán, fundadores y líderes de dicho movimiento, quienes, en agosto 2014, apelaron dicha sentencia y dos jueces de la Sala F Penal Nacional (Víctor Valladolid y Olga Inga) les cambiaron mandato de prisión por comparecencia restringida, por esta acción dichos jueces fueron removidos de su cargo.


Actualmente, el 28 de octubre pasado, la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a cargo de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional, dictó sentencia por el caso Perseo, con un voluminoso Expediente 85-2014-0-JR-PE-03 que consta de 559 páginas. Los Jueces Superiores de dicha Sala Penal, fallaron por unanimidad declarando la disolución del Movadef, así como el cierre definitivo de todos sus locales a nivel nacional, conforme lo autoriza el artículo 105 incisos 1 y 2 del Código Penal. Además, la parte resolutiva, impone penas por los delitos contra la Tranquilidad Pública en la modalidad de Terrorismo y Afiliación a organización terrorista, una de 35 años, seis de 16 años 3 meses, y 23 de 15 a 16 años, éstos sentenciados que se encuentran actualmente en libertad, deben ser puestos a disposición del Poder Judicial e internados en un establecimiento penitenciario, entre ellos, nuevamente Alfredo Crespo Bragayrac, quien debe reingresar a la cárcel por los 16 años 3 meses que le han impuesto.


Bajo este panorama, al ser disuelto el Movadef, se está protegiendo a la sociedad peruana, ya que está acreditado que este Movimiento es una estructura política de Sendero Luminoso que sigue el “Pensamiento Gonzalo”, ideario político fundamentalista que busca implantar un régimen totalitario. El permanente accionar del Movadef ha avanzado peligrosamente en el campo ideológico, se ha infiltrado en diferentes organizaciones políticas, pero principalmente en el sector educativo y laboral, adoctrinando y aleccionando a estudiantes y trabajadores.


Artículo de Alfredo Palacios Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha 9 de noviembre de 2024


 

Número de Visitas

.

Artículos Publicados

.



princ